APQ es Almacenamiento de Productos Químicos.
Existen una serie de obligaciones legales asociadas al almacenamiento de productos químicos en nuestras instalaciones, siendo la más importante de ellas la tramitación de la Puesta en Servicio, que debe ser emitida por la Administración competente.
Este requisito afecta a almacenamientos de:
- líquidos inflamables y combustibles,
- óxido de etileno,
- cloro,
- amoniaco anhidro,
- botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a presión,
- líquidos corrosivos,
- líquidos tóxicos,
- fertilizantes, y
- peróxidos orgánicos.
El procedimiento a seguir variará en cada caso, según la cantidad almacenada y el producto químico de que se trata. Todo ello viene regulado por el Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias (MIE APQ-1, MIE APQ-2, MIE APQ-3, MIE APQ-4, MIE APQ-5, MIE APQ-6 y MIE APQ-7).
Desde Erre Ese te asesoramos en todos los pasos necesarios para la legalización de tu almacenamiento de productos químicos.
- Elaboración de Informes Previos para la identificación de definición y valoración de costes de adaptación de la instalación a la normativa
- Elaboración de Memorias Técnicas para la notificación de instalación sin proyecto
- Elaboración de Proyectos Técnicos para la obtención de Puesta en Servicio
- Coordinación de gremios para ejecutar las obras de adaptación de la instalación
- Coordinación con Organismos de Control Autorizado para la realización de inspecciones oficiales.
Y también en el resto de obligaciones que afectan a estos almacenamientos: inspecciones, formación a los empleados, etc. Contacta con nosotros.
13 comentarios
Javier Fernandez Salgueiro
10 marzo 2015 at 13:57
Nuestra empresa gestiona Depositos Aduaneros y tenemos un clinete al que ya le almacenamos productos quimicos solidos y nos ha solicitado que le almacenemos los liquidos, en concreto Rokamid KAD y distintos tipos de Rokanol. Hemos visto que para ello es necesario tener licencia APQ y no sabemos exactamente en que categoria para solicitar a una empresa un presupuesto para llevar a cabo las modificaciones en nuestras instalaciones.
Saludos.
Javier Fernández.
Erreese
10 marzo 2015 at 18:02
Hola Javier,
Para poder contestar tu consulta de manera precisa necesitamos que nos envíes las fichas de seguridad de los productos almacenados y las cantidades máximas a almacenar de cada uno de ellos. Con esa información, estaremos en situación de indicarte si es de aplicación o no el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos. En caso afirmativo, ya veremos opciones para la legalización del mismo.
Puedes hacernos llegar esta información a la dirección de correo electrónico info@erreese.com.
Saludos,
Jorge Serrano
MARIA
7 diciembre 2018 at 09:23
QUÉ SIGNIFICA MIE , PORQUE APQ SE QUE ES ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUIMICOS, PERO LA TERMINACIÓN MIE NO ENCUENTRO A QUE HACE REFERENCIA.
MUCHAS GRACIAS Y SALUDOS.
Erika Cembranos
18 diciembre 2018 at 15:00
Hola María! MIE significa Ministerio de Industria y Energía.
Gracias por leernos!
Yolanda
6 febrero 2019 at 09:39
Buenos dias,
Nosotros tenemos varios tipos de disolventes almacenados en el exterior de la nave que son para consumo propio. ¿Estamos tambien obligados por ley a regular nuestras instalaciones con un certificado para dicho almacenaje? o ¿hay unas cantidades estipuludas para la que no estamos obligados?
Erika Cembranos
8 febrero 2019 at 13:27
Hola Yolanda,
Las cantidades a partir de las cuales es necesario legalizar el almacenamiento, están reguladas en la tabla I del artículo 2 del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
Si necesitas información adicional, no dudes en contactar con nosotros (info@erreese.com) y vemos vuestro caso concreto.
Saludos,
Candu
18 noviembre 2021 at 23:17
Qué significa a p q
Erika Cembranos
22 noviembre 2021 at 14:10
Almacenamiento de Productos Químicos
Remedios
11 marzo 2022 at 12:12
Buenas tardes,
si se ha aumentado la cantidad de producto almacenado de manera significativa a la que habia en el proyecto inicial, que debemos hacer? anexo al proyecto? memoria tecnica con los cambios?
Gracias
Saludos
Erika Cembranos
11 marzo 2022 at 12:49
Podemos haber aumentado las cantidades pero sin sobrepasar las cantidades máximas autorizadas en la comunicación de puesta en servicio de la instalación, en cuyo caso, no hay que hacer nada.
En caso de sobrepasar las cantidades máximas autorizadas en la comunicación de puesta en servicio de la instalación o bien, almacenar otro tipo de productos de otras peligrosidades distintas a las peligrosidades autorizadas en la comunicación de puesta en servicio (inflamables, tóxicos, corrosivos….), debemos hacer un nuevo proyecto y obtener una nueva puesta en servicio ante la Delegación Territorial de Industria, puesto que se considera modificación sustancial.
Remedios
18 marzo 2022 at 10:16
Buenos días,
muchas gracias por la respuesta.
Me ha servido de mucha ayuda .
Enric
2 febrero 2023 at 19:22
Buenas, ¿A los fertilizantes líquidos almacenados en depósitos fijos dentro de un almacén de venta de productos fitosanitarios y fertilizantes, se les consideraría como líquidos tóxicos?
Gracias.
Erika Cembranos
6 febrero 2023 at 17:05
Los fertilizantes se rigen por la ITC – MIE APQ 8 del RD 656/2017, “Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno”.
Esta ITC se aplicará a las instalaciones de almacenamiento, manipulación, carga y descarga de fertilizantes a base de nitrato amónico sólido de alto contenido en nitrógeno, con excepción de las siguientes:
a) Los almacenamientos integrados en las unidades de proceso, cuya capacidad estará limitada a la necesaria para la continuidad del proceso.
b) Los almacenamientos cuya capacidad no supere las 50 t a granel o 200 t envasado. A estos almacenamientos les serán de aplicación, únicamente, los artículos 8, 9, 10 y 11 de esta ITC.
c) Los almacenamientos para uso propio, con el fertilizante envasado, con una capacidad no superior a 5 t.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2017-8755
Lo mas prudente es estudiar bien la FDS (ficha se datos de seguridad) para ver como esta exactamente catalogado el producto, porque hay fertilizantes comburentes, tóxicos, inflamables… Si necesitas asesoramiento técnico, por favor, podemos ayudarte!