¿Qué cambios traerá la nueva Directiva CSRD?

En los últimos años, la normativa europea y española sobre sostenibilidad no ha parado de actualizarse y las empresas han tenido que adaptarse a todos los cambios con eficiencia y rapidez.

Uno de los ámbitos en los que ha habido más novedades es en reporting. Con la publicación de la Directiva 2014/95/EU, también llamada Directiva de información no financiera (NFRD), sobre divulgación de información no financiera e información sobre diversidad, y su correspondiente transposición a la legislación española con la Ley 11/2018, muchas empresas han tenido que elaborar Estados de Información No Financiera (EINF) en los últimos años. De esta forma, desde 2019 y con periodicidad anual, las empresas a las que les aplica esta Ley han publicado un informe con datos sobre modelo de negocio, derechos humanos, lucha contra la corrupción y el soborno, relación con la sociedad, así como cuestiones ambientales, sociales y relativas al personal.

Sin embargo, próximamente habrá nuevos cambios, dado que el 21 de abril de 2021 la Comisión Europea adoptó una propuesta de Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), que modificará los requisitos marcados por la Directiva 2014/95/EU. El objetivo de la misma es conseguir una mayor transparencia en los informes y la homogeneización de las obligaciones corporativas de divulgación sobre estas cuestiones.

¿Qué cambios implica la CSRD para los EINF?

Entre los principales cambios que se incluían en la propuesta, están:

  • Ampliación del ámbito de aplicación a todas las grandes empresas y a todas las empresas que cotizan en mercados regulados de la UE (excepto las microempresas que cotizan). De esta forma, las PYMES cotizadas entrarán dentro del alcance.
  • Necesidad de verificación de la información reportada.
  • Introducción de requisitos más detallados sobre los contenidos y un requisito para informar de acuerdo con los estándares obligatorios de informes de sostenibilidad de la UE. El Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG) se está encargando del desarrollo de estos estándares.
  • Obligación de que la información forme parte de los informes de gestión.
  • Digitalización de los informes. Se requerirá su presentación en formato electrónico, señalando la información sobre sostenibilidad con ‘etiquetas’, y facilitando así la localización de la información en el informe y el tratamiento automático con aplicaciones informáticas.
  • Posibilidad de imposición de sanciones por incumplimiento de presentación de los informes de sostenibilidad. La UE deja a los Estados miembros la responsabilidad de establecer sanciones en este sentido.

Según los plazos previstos en la propuesta, las empresas tendrían que presentar el informe de sostenibilidad de acuerdo con estos estándares y conforme a los nuevos requisitos a partir del año 2024 (es decir, para el informe del ejercicio 2023).

Últimas novedades

El pasado 15 de marzo, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo decidió su posición sobre la propuesta de la CSRD. Los acuerdos alcanzados incluyen algunos cambios para que la Comisión Europea adapte el texto propuesto. Entre ellos, alargar los plazos para que las empresas tengan más tiempo para adaptarse, siendo 2025 el primer año de publicación de los informes de sostenibilidad conforme a la nueva directiva. También se solicitó a la Comisión que incorpore criterios adicionales para organizaciones de sectores de alto riesgo (textil, agrícola, minero, …).

Un cambio hacia la transparencia en sostenibilidad

En los próximos meses se verán los pasos que seguirá la CSDR, así como los avances alcanzados por EFRAG en la elaboración de los estándares. Todos estos cambios suponen una apuesta por parte de la Unión Europea hacia una recuperación sostenible y hacia la una mayor la transparencia en materia de sostenibilidad.

Las empresas tendrán que ser resilientes y continuar adaptándose, cumpliendo con los nuevos requisitos e integrando la sostenibilidad.

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