Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

El pasado mes de noviembre se publicó en el BOE la nueva Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, que entrará en vigor a finales de esta semana, el día 9 de marzo.
No es la primera vez que se incorporan consideraciones sociales y ambientales en la contratación pública dentro del ordenamiento jurídico español, pero esta vez parece que se da un paso más decidido en este sentido, como muestra la redacción de algunos de los artículos de la nueva Ley 9/2017:

  • Artículo 127, apartado 2:  Establece la posibilidad de que los órganos de contratación puedan exigir “en las prescripciones técnicas, en los criterios de adjudicación o en las condiciones de ejecución del contrato, una etiqueta específica como medio de prueba de que las obras, los servicios o los suministros cumplen las características exigidas, etiquetas de tipo social o ambiental, como aquellas relacionadas con la agricultura o la ganadería ecológicas, el comercio justo, la igualdad de género (…)”.
  • Artículo 129, apartado 2: » (…) el órgano de contratación solicitará a los licitadores o a los candidatos en un procedimiento de adjudicación de contratos que manifiesten haber tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad (…)».
  • Artículo 145, apartado 2,1º:

«Las características medioambientales podrán referirse, entre otras, a la reducción del nivel de emisión de gases de efecto invernadero; al empleo de medidas de ahorro y eficiencia energética y a la utilización de energía procedentes de fuentes renovables durante la ejecución del contrato; y al mantenimiento o mejora de los recursos naturales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato.»
«Las características sociales del contrato se referirán, entre otras, a las siguientes finalidades: al fomento de la integración social de personas con discapacidad, personas desfavorecidas o miembros de grupos vulnerables entre las personas asignadas a la ejecución del contrato y, en general, la inserción sociolaboral de personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social; la subcontratación con Centros Especiales de Empleo o Empresas de Inserción; los planes de igualdad de género que se apliquen en la ejecución del contrato y, en general, la igualdad entre mujeres y hombres; el fomento de la contratación femenina; la conciliación de la vida laboral, personal y familiar; la mejora de las condiciones laborales y salariales; la estabilidad en el empleo; la contratación de un mayor número de personas para la ejecución del contrato; la formación y la protección de la salud y la seguridad en el trabajo; la aplicación de criterios éticos y de responsabilidad social a la prestación contractual; o los criterios referidos al suministro o a la utilización de productos basados en un comercio equitativo durante la ejecución del contrato.»

Está claro, es el momento de demostrar nuestro compromiso social y ambiental. Si quieres que Erre Ese te ayude a mejorar tus posibilidades de conseguir un contrato público, no dudes en contactar con nosotros.

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