Informe de Estados No Financieros, nuestra experiencia

10 octubre 2019Erika Cembranos2

El 29 de diciembre de 2018 se publicó la Ley 11/2018 sobre información no financiera y diversidad. Desde ese momento, hemos asesorado a muchos de nuestros clientes en la elaboración de su Informe de Estados No Financieros. Entre ellos, Aciturri, Entrepinares, Gate Gourmet, Grupo 5 o Cruz Roja Española. Algunos de ellos venían ya trabajando en ejercicios de reportes, Memorias de Sostenibilidad o Informes de Responsabilidad Social, mientras que para otros, este era su primer acercamiento a la información no financiera.
Esta experiencia nos ha permitido identificar hitos clave y aprendizajes para la elaboración de un Informe de Estados No Financieros, que queremos compartir en este blog.
 

Etapas:

  1. Identificación del alcance: es necesario tener claro que sociedades deben ser consideradas en los estados no financieros, pues la inclusión o exclusión de datos a posteriori supondrá retrabajo importante.
  2. Identificación de contenidos: debemos tener claro, desde un inicio, que contenidos deben incluirse en el Informe de Estados No Financieros, considerando tanto los específicamente recogidos por la Ley 11/18 (ver más abajo), como aquellos que provienen de GRI o cualquier otro referencial externo, recomendado por la propia Ley.
  3. Redacción del Informe de Estados No Financieros: es importante que la información contenida en el informe sea clara, concisa y comprensible, no solo para facilitar su verificación externa, sino también para facilitar la lectura del texto a cualquier persona. Es necesario recordar que el documento debe estar disponible en la web de la empresa durante 5 años, por lo que es importante que trasmita una buena imagen de la organización.
  4. Verificación externa, por un prestador de servicios de verificación independiente.
  5. Aprobación del Informe de Estados No Financieros, siguiendo el mismo procedimiento que para la aprobación de las cuentas anuales, y con los mismos plazos.
  6. Depósito en el Registro Mercantil, a más tardar, un mes después de la aprobación de las cuentas anuales (y el Informe de Estados No Financieros) por parte de la Junta General de Accionistas.
  7. Publicación en la página web, dentro de los seis meses posteriores a la finalización del año financiero (antes de fin de junio, para la mayor parte de las organizaciones), y durante los siguientes cinco años.

 

Contenidos:

Nuestro enfoque es reportar los mínimos requeridos por la Ley 11/2018 sobre información no financiera y diversidad, tomando como referencia Global Reporting Initiative (GRI), especialmente en lo que a contenidos obligatorios se refiere. Así, un posible listado de contenidos es:

  • Modelo de negocio: entorno empresarial, organización y estructura, mercados, objetivos y estrategias, tendencias.
  • Cuestiones ambientales: efectos actuales y previsibles asociados a la variable ambiental, certificación ambiental, principio de precaución, riesgos ambientales, emisiones de carbono, ruido, contaminación lumínica, economía circular y gestión de residuos, consumo de agua, consumo de materias primas, consumo de energía, cambio climático, protección de la biodiversidad.
  • Cuestiones sociales y relativas al personal: empleo (incluida brecha salarial), organización del trabajo, salud y seguridad, relaciones sociales, formación, accesibilidad de las personas con discapacidad, igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
  • Respeto a los derechos humanos: derechos humanos, libertad de asociación y negociación colectiva, no discriminación, trabajo forzoso y trabajo infantil.
  • Lucha contra la corrupción y el soborno: medidas para prevenir la corrupción y el soborno, medidas para luchar contra el blanqueo de capitales, aportaciones a fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
  • Relación con la sociedad: compromiso con el desarrollo local, subcontratación y proveedores, consumidores, información fiscal y otra información significativa.

Dado que esta información debe ser aportada por distintas áreas o departamentos de la organización, es importante que se cree, desde el inicio del proyecto, un equipo de trabajo con todos los implicados, que permita identificar y aportar la información con la mayor eficacia posible.
 

Plazos:

El Informe de Estados No Financieros sigue los mismos plazos que las cuentas anuales: debe ser formulado antes de tres meses del cierre del ejercicio, y entregado en Registro Mercantil a más tardar un mes tras su aprobación por la Junta General de Accionistas, y publicarse en la web de la empresa antes del 30 de junio. Además, debe ser verificado externamente, entre su formulación y la aprobación del documento final.
Dado que los plazos son ajustados, y la información a recopilar y analizar es mucha, nuestra recomendación es iniciar el proceso de elaboración cuanto antes. Las primeras fases, como la identificación del alcance y los contenidos, pueden desarrollarse en el último trimestre del año, e incluso la redacción puede iniciarse antes del cierre del ejercicio, pues aunque no se disponga de datos cuantitativos cerrados, la organización ya tienen información sobre los enfoques, políticas, etc. desarrollados.
IENF erreese
 
Si tu organización está incluida en el alcance de la Ley 11/18 y está obligada a presentar el Informe de Estados No Financieros, o incluso si decide hacerlo de manera voluntaria, en previsión de la ampliación del alcance de la Ley, contacta con nosotros. ¡Desde Erre Ese podemos ayudarte! 
En nuestra experiencia, el cumplimiento de este requisito legal puede convertirse en una importante oportunidad para la organización, a través de la puesta en valor de todas las iniciativas desarrolladas en materia de responsabilidad social, y su comunicación a los grupos de interés.

2 comentarios

  • Jesús González Babón

    26 abril 2023 at 12:41

    Buenos días Erika,

    Me alegra saludarte de nuevo.

    ¿Habéis pensado dar alguna charla informativa sobre la nueva versión del GRI 2021 y que es aplicable desde enero 2023?

    En mi opinión creo merecería la apena hacerlo buscando algún esponsor/es interesado/s en hacerlo.

    Saludos cordiales,

    Reply

    • Erika Cembranos

      26 abril 2023 at 13:43

      Hola Jesús! Encantada de hablar contigo de nuevo.
      La verdad es que muchos de nuestros clientes (y muchas de las empresas a las que aplica el cambio de GRI) están ya trabajando en el tema, pues como dices, aplica desde enero de 2023 (para el reporte de 2022). No obstante, es interesante lo que propones. Si te parece bien, podemos hablarlo por privado (erika.cembranos@erreese.com).
      Un saludo, y gracias por tu mensaje!

      Reply

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