¿Cuales son los contenidos del reporte no financiero?

19 diciembre 2017by Erika Cembranos0

El Real Decreto Ley 18/2017, sobre información no financiera, que traspone la Directiva 2014/95/UE, obliga a una serie de organizaciones a reportar sobre una serie de contenidos, diferentes de los resultados económicos y financieros.
En concreto, el estado de información no financiera debe incluir, al menos, información sobre:

  • Desempeño ambiental: efectos actuales y previsibles de las actividades de la organización en el medio ambiente y en la salud y seguridad; uso de energías renovables y no renovables; emisiones de gases de efecto invernadero; consumo de agua y contaminación atmosférica. Esta información podrá enriquecerse a través de la Declaración Ambiental EMAS (Reglamento Comunitario de Ecogestión y Ecoauditoría), la certificación ISO 14001, o informes sobre el cálculo de la huella de carbono, tanto de organización como de producto.
  • Desempeño social: medidas puestas en marcha para garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la aplicación de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), condiciones laborales, cuestiones relativas al diálogo social o la libertad sindical, salud y seguridad en el trabajo, relación con las comunidades locales y medidas adoptadas para garantizar su protección y desarrollo. También, todo lo relativo al cumplimiento de los derechos humanos, en concreto, las medidas puestas en marcha para mitigar, gestionar y reparar los posibles abusos cometidos, y las «políticas de diversidad de competencias y puntos de vista» relacionadas con el sexo, la discapacidad, o la formación y experiencia profesional.
  • Lucha contra la corrupción: herramientas puestas en marcha por la organización para luchar contra la corrupción y el soborno.

Las empresas deben aportar toda aquella información que permita comprender la evolución en el tiempo, los resultados y situación actual. Para ello, además de lo anterior, deberá incluirse:

  • Breve descripción del modelo de negocio.
  • Principales riesgos relacionados con el desempeño ambiental, social y la corrupción detectados, tanto en la propia actividad como en sus relaciones comerciales, sus productos o servicios.
  • Descripción de las políticas y procedimientos dirigidos a identificar y evaluar estos riesgos, verificarlos y controlarlos.
  • Las medidas adoptadas para mitigar y eliminar estos riesgos y, en general, los resultados de la aplicación de dichas políticas.
  • Los indicadores clave, no financieros, relacionados con la actividad empresarial.

Es necesario tener en cuenta que no existe la obligación formal de disponer de políticas sobre todos estos aspectos, si bien en caso de que no exista, debe justificarse el motivo, de manera clara.
Toda esta información puede incluirse en el informe de gestión que se presenta junto con las cuentas anuales o en un documento independiente, como puede la Memoria de Sostenibilidad o el Informe de RSC (en nuestra opinión, la opción más recomendable). En tal caso, la Memoria deberá haber sido elaborada de acuerdo con un referencial de reconocido prestigio. El más habitual, GRI Standards.
Si quieres mas información sobre el Real Decreto Ley 18/2017, consulta otros post publicados en este blog.

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